Cristo, el fin de la ley

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Dr. Roberto Badenas
Teólogo

La cuestión de la vigencia de la ley divina fue muy debatida en la iglesia primitiva. Muchos de los primeros cristianos de origen judío estaban marcados por una teología en la que la salvación del ser humano de­pendía de su fiel observancia a la ley. Estaban persuadidos de que los actos realizados deliberadamente con la intención de guardar los mandamientos inclinaban hacia el lado positivo la balanza de la benevolencia divina, y que las buenas obras, encabezadas por la limosna, la oración y el ayuno (cf. Mateo 6:1-18) permitían acumular méritos. Algunos sectores del fariseísmo habían llegado a percibir la Tora casi como una hipóstasis divina de dimen­siones cósmicas, propietaria de todos los atributos de la Sabiduría, instru­mento de la creación del universo, del que era a la vez plan, estructura, construcción y culminación. En consecuencia, se atribuía al cumplimiento de los mandamientos (mitsvot) por parte de los creyentes, la facultad de estructurar, construir y completar la creación.
Esta perspectiva sobre la función de la ley constituye una de las mayores diferencias entre el judaísmo y el cristianismo, ya que este atribuye al Me­sías toda la labor redentora. Mientras los doctores de la ley enseñan que Dios ha confiado el cumplimiento de su ley exclusivamente al pueblo ele­gido, la iglesia proclama que este cumplimiento está al alcance de cual­quier ser humano gracias a Cristo. La predicación cristiana insiste en que solo Dios salva, y en que solo él puede transformar nuestros corazones y producir en nosotros obras espontáneas de amor.
La ley no salva
Los escritos del Nuevo Testamento dejan bien claro que la ley no salva. La salvación no es cuestión de observancias sino de relaciones. Quien salva no es la ley sino su autor. Si juntamos todos los pasajes en los que Jesús habla de la ley descubriremos que para él:

  1. La ley expresa la voluntad permanente de Dios para el hombre: «No pien­sen que he venido a anular la ley o los profetas; no he venido a anularlos sino a darles cumplimiento» (Mateo 5:17, NVI).
  2. La ley, como revelación divina, conserva la autoridad de quien la formu­ló: «Como dicen la ley y los profetas» (Mateo 11:13; 12:5).
  3. La finalidad primera de la ley, en un mundo caído, es proteger la vida en todas sus dimensiones: «Si quieres entrar en la vida, guarda los manda­mientos» (Mateo 19:17, Marcos 10:19, Lucas 18:20).
  4. Para comprender la ley, desfigurada por las interpretaciones y las tradi­ciones humanas, debemos buscar su intención original: «En el principio no fue así» (Mateo 19:8).
  5. En su reformulación de la ley, Jesús no reduce sus exigencias sino que profundiza sus intenciones. En vez de detenerse en las formas, va directo a las motivaciones: «Oísteis que fue dicho: no matarás», pero yo os digo que procuréis no hacer daño ni siquiera de palabra (Mateo 5:21-48).
  6. Como la ley se resume en el amor y este constituye la esencia del ser de Dios (Mateo 22:35-40), quien ama a Dios guarda sus mandamientos (Juan 14:15; 15:10).
  7. Siendo el mejor intérprete de la ley, Jesús nos revela su sentido (Lucas 24:44) y nos ayuda a vivirla: «Sin mí no pueden ustedes hacer nada» (Juan 15:5, DHH).

Aunque las declaraciones de Jesús sobre la ley no dejan lugar a dudas acerca de su respeto por ella, y de que no le atribuye funciones salvífica, no podemos dejar de reconocer que Pablo hace algunas afirmaciones sobre la ley que, tomadas aisladamente, parecerían quitarle vigencia. Por eso es tras­cendental que analicemos cuales son, según el apóstol, las funciones pro­pias de la ley.
Las funciones de la ley
Partiendo del principio de que la función de salvar corresponde exclusi­vamente a la gracia divina, manifestada de modo decisivo en el ministerio del Mesías, podemos agrupar las declaraciones de Pablo respecto al valor y la función de la ley, a la luz de Cristo, en los cuatro puntos siguientes:

  1. La leyes, ante todo, expresión de la voluntad divina (Romanos 7:22, 25; 8:7). Por consiguiente, es espiritual (Romanos 7:14), santa, justa y buena (Romanos 7:12). Su propósito es proteger la vida y orientarla (Romanos 7:10). Como buen judío, Pablo la considera uno de los grandes privilegios de Israel con respecto a las naciones y la incluye entre los mejores dones de Dios a su pueblo, entre ellos «la adopción, la gloria, el pacto, el culto y las promesas» (Romanos 9:4). Su visión positiva de la ley se manifiesta en sus constantes re­ferencias al Antiguo Testamento como fuente de autoridad.
  2. Mediante la ley, Dios pone de manifiesto, por una parte, la grandeza de su ideal para nosotros y, por otra, nos recuerda cuán lejos estamos de alcan­zarlo. Al medimos con sus exigencias, tomamos conciencia de nuestras deficiencias y desviaciones: «Por medio de la ley viene el conocimiento del pecado» (Romanos 3:20, NBLH), es decir, que gracias a la ley descubri­mos nuestros errores (Gálatas 3:19). Pablo declara que «sin la ley, el pecado está muerto» (Romanos 7:8); es decir, que el que no conoce la ley no es consciente de transgredirla. Sin ley no hay referencia ética absoluta, y por consiguiente, no tenemos conciencia de nuestra verdadera situación ante Dios. En ese sentido la ley es comparable a un espejo, que refleja el esta­do de quien la consulta, suscitando así su deseo de orden y limpieza (Santiago 1:22-25). Pero es evidente que el espejo no nos puede lavar. Su función de radar o de escáner denunciador del pecado es muy útil porque nos permite buscar ayuda y progresar. La ley nos muestra nuestra absoluta necesidad de la gracia.
  3. La promulgación de la ley y su publicación en un código escrito detalla­do hace que cualquier infracción nuestra aparezca en toda su crudeza (ver Romanos 5:13). La revelación de esta ley hace que las faltas de los que la cono­cen resulten más graves que si no la conocieran. A los que se jactan de su observancia, comparándose altivamente con los gentiles, Pablo dice: «Ellos ignoran la ley, pero ustedes no tienen excusa, puesto que saben lo que esta demanda» (ver Romanos 2:1-16). La intención del apóstol no es, sin embargo, defender la inocencia de los gentiles, sino mostrar a sus correligionarios que el conocimiento de la ley no los hace mejores que los demás.
  4. Algunas de las frases más duras de Pablo contra la ley se refieren a la frus­tración psicológica que esta provoca en quien lucha con sus dificultades para observarla. Cuando, utilizando un lenguaje casi coloquial, afirma «el mandamiento […) me mató» (Romanos 7:11), es como si dijera: «Cuando a través de la ley veo lo que Dios espera de mí, me muero de vergüenza e impotencia, porque no consigo vivir a la altura de sus exigencias». El apóstol llega a decir que «al venir el mandamiento, el pecado revivió» (Romanos 7:9), aludiendo a la terrible realidad psicológica de nuestra natu­raleza pecadora que, cuando nos imponen una norma, aumentan gene­ralmente los deseos de transgredirla.

En resumen, la gran aportación de Pablo a nuestra comprensión de la razón de ser de la ley es haber tendido un puente entre la teología y la vi­vencia práctica, entre la teoría y la experiencia cotidiana, recordándonos que una de las funciones principales de la ley es negativa: sonar la alarma cuando la transgredimos y enseñamos que no podemos vivir sin la gracia. La ley nos acorrala hasta tal punto que, si queremos encontrar la paz, he­mos de aceptar la necesidad absoluta del perdón, para restablecer nuestras relaciones rotas. Necesitamos, pues, la ley incluso para acudir a la cruz. De manera que, como decía Lutero, la ley, hasta en su función más negativa, es siempre positiva puesto que nos lleva a la gracia del Dios que perdona y salva.
Desde el punto de vista de Dios, la ley revela sus expectativas con noso­tros. Y confronta inevitablemente su voluntad con la nuestra. Sus exigen­cias, su empeño en guiamos para mantener la armonía en la sociedad, en­cuentran en nuestra libertad su mejor aliado y su peor enemigo. Por ello, según el punto de vista con que se mire, la ley resulta dominadora o sierva, esclava o esclavizante. La ley es soberana como expresión de la voluntad de Dios y, como tal, no puede reducirse a la función subalterna de mera portadora de información. Pero, a su vez, su campo de acción está supedi­tado a la gracia a cuyo servicio se encuentra.
Esta ambigüedad de la ley explica las sorprendentes declaraciones de Pablo acerca de su valor y de sus límites. La ley puede ser al mismo tiempo dadora de vida y letra asesina, espiritual y provocadora del pecado (Romanos 7:7-13), confirmada por el evangelio (Romanos 3:31) y superada con la llega­da de la fe (Gálatas 3:25). Ignorar esta ambivalencia, da lugar a numerosos malentendidos. Por fidelidad a las Escrituras debemos mantener la tensión entre estas realidades opuestas y a la vez complementarias, y no renunciar a ella ni siquiera con el fin de simplificar las explicaciones. Porque, en tanto que expresión de la voluntad de Dios, la ley no puede ser abrogada en aras del evangelio ni perder un ápice de su autoridad ética. Pero a través de la acción del Espíritu es capaz de respetar la libertad humana y atraerla a la vez hacia los ideales que Dios propone.
Cómo entender que «Cristo es el fin de la ley»
(Romanos 10:4, NVI)
Hay creyentes que concluyen que Jesús abrogó las exigencias del Decá­logo, basándose en la afirmación de Pablo: «Cristo es el fin de la ley» (Romanos 10:4, NVI). El estudio de esta enigmática declaración, cuya ambigüedad me intrigaba, fue el tema de mi tesis doctoral.
Para significar que Cristo acaba con la ley, la palabra traducida por «fin» (telos) debía tener un sentido de «abrogación». Esto no me molestaba perso­nalmente, porque el centro de mi teología no es la ley sino Cristo. Lo que sí me sorprendía como filólogo era que telos, palabra muy rica en significados, en griego no tenía normalmente esa acepción. Se imponía verificar si en Romanos 10:4 el término telos podía ser traducido como que Cristo había abrogado la ley, o si conservaba su sentido griego habitual. Precisamente mis estudios sobre la noción de conciencia en tomo al siglo I, me habían familia­rizado con los textos de los filósofos helenistas de esa época que, insatisfe­chos de las investigaciones sobre el arjé u origen de las cosas, habían derivado sus reflexiones hacia su telos, es decir, hacia su finalidad u objetivo.
Organicé el estudio en tres partes. La primera reconstruye la historia de la interpretación del pasaje, la segunda explora el sentido de las frases cons­truidas con telos más un nombre en genitivo (el fin de algo) en la literatura griega y judía de la época. La tercera y última verifica la exégesis de Romanos 10:4 en su contexto teológico y literario.
El análisis de los comentarios sobre la Epístola a los Romanos más in­fluyentes desde los primeros siglos hasta nuestra época muestra con cuánta facilidad, en medios eclesiásticos de autoridad centralizada, las tomas de po­sición intencionadas se convierten en tradiciones y lo difícil que resulta luego reconocer cualquier error. Durante el período en que la iglesia cristiana se expresaba en griego, en las zonas que conservan el uso de esta lengua, telos se entiende con un sentido de finalidad, objetivo, propósito o culminación, como en los tratados peri-teloús de los filósofos helenísticos. Romanos 10:4 se explica diciendo que el Antiguo Testamento está orientado hacia Cristo, en quien se cumplen sus promesas, profecías y prefiguraciones.
Agustín, sin duda el más influyente de los padres latinos, aborda la cues­tión de la ley con cierta frecuencia y siempre interpreta telos (finis en latín) en el sentido filosófico del summum bonum, es decir, de bien supremo, culmina­ción y quintaesencia, mediante expresiones latinas tales como perfectio, plenitudo o completio. Y así, explica Romanos 10:4 diciendo que «Cristo es la perfec­ción de la ley, su sumo bien, su plenitud y su cumplimiento». La mayoría de los padres de la iglesia —antes y después de Agustín— interpretan nuestra fiase en esos términos, hasta el punto que cuando la citan de memoria, en lugar de tete a veces dan como sinónimos las palabras pleroma o skopos, es decir, plenitud u objetivo. En la Edad Media, siguiendo un criterio hermenéutico que atribuye al texto sagrado cuatro niveles de significación, Roma­nos 10:4 se suele traducir con cuatro sentidos diferentes, según las acepciones habituales de la palabra telos, a saber: «culminación» (consumado), «intención» (intentio), «plenitud» (completio) y «perfección» (perfectio).
La Reforma, con su regreso a los textos originales, abandona la exégesis alegórica, liberándose del magisterio eclesiástico y de la tradición como refe­rencias para entender las Escrituras. Así Lutero, sin otro apoyo que el texto original, y a pesar de sus reticencias hacia la ley en otros pasajes, ve en Romanos 10: 4 una declaración de continuidad entre Cristo y la revelación anterior, y lo interpreta en el sentido de que «todo el Antiguo Testamento estaba orientado hacia Jesucristo».
El mundo cristiano, tanto de tradición católica como protestante, con­serva más o menos esta comprensión del texto hasta el siglo XIX. Cuando las ideas historicistas-evolucionistas de la alta crítica impregnaron todos los aspectos del saber, incluida la teología, se empezó a explicar este pasaje desde una perspectiva dispensacionalista, es decir, en el sentido de que Cristo marca el fin de la era de la ley iniciada en el Antiguo Testamento y da comienzo a la era cristiana. Según esta postura, en la dispensación actual de la gracia, la ley mosaica ya no tendría vigor.
Así pues, aunque en realidad las interpretaciones de Romanos 10:4 en el sentido de que Cristo acaba con la ley son relativamente recientes, numerosos comentarios se siguen alejando de la interpretación de los padres de la iglesia y de los reformadores, y traducen este pasaje en sentido terminal o temporal.
Usos de telos en la literatura griega
La segunda parte de mi investigación se centró en verificar el significado de telos en la época de Pablo, para ver si aceptaba connotaciones de abroga­ción. Convenía hacer un trabajo exhaustivo, que incluyera a la vez una pa­norámica general sobre el significado de la noción de telos a lo largo del tiempo, y un planteamiento detallado sobre los textos judíos contemporá­neos de Pablo escritos en griego para descubrir qué sentido daban a esta palabra en contextos religiosos.
Para realizar una investigación válida sobre el significado de las expresio­nes conteniendo telos con genitivo («el fin de algo») era conveniente consul­tar toda la literatura clásica. Tarea larga y difícil, porque no contamos con glosarios que compilen el vocabulario de todos los autores de la antigüe­dad. Sin embargo, la informatización de la literatura griega me proporcio­nó la lista disponible de todas las citas en las que figuraba la expresión en cuestión. Este tesoro de información me permitió descubrir, entre otras cosas, que telos significa etimológicamente «la cúspide», «la cima», y que fue reci­biendo con el tiempo otras acepciones, tales como «el punto de mira» (una estaca clavada en el límite del campo hacia la que dirige su mirada el labra­dor para trazar cada surco), el fiel de la balanza, el punto decisivo, el punto máximo, el objetivo, la finalidad, la culminación o la meta.
Este estudio dejó claras dos cosas: Primero, que la palabra telos no signi­fica «fin» en el sentido de «el final», ya que la expresión «los que están en el telos», corriente en griego, no designa los últimos de la escala social, sino los que están en la clase más alta, los dirigentes.
Segundo, que esta palabra no tiene en sí misma connotaciones temporales. Si tuviese significado terminal, el telos del matrimonio sería lógicamente su fin, en el sentido de su disolución. En cambio, todas las referencias concuerdan en que el telos del matrimonio es la procreación y la felicidad. Asimismo, el telos de un relato (mithou telos) no es su final, sino su moraleja, su mensaje; el telos del deseo no significa el fin de las ganas sino su razón de ser, y el telos de la vida (telos biou) no es la muerte sino su objetivo o su sentido. Así pues, en frases prácticamente idénticas a la que nos ocupa, en la lengua griega el telos de las leyes no designa su abrogación sino su intención, es decir, el bien de los ciudadanos, el buen funcionamiento de la polis, o incluso, en una frase muy cercana a la de Romanos 10:4, «el telos de la ley es la justicia».
El estudio de la literatura clásica es concluyente: el sentido de telos es teleológico. Solamente tiene connotaciones terminales en contextos temporales como, por ejemplo, el fin de un período determinado (del embarazo, de la incubación de los huevos, etc.) puesto que la culminación de ese período coincide a la vez con el objetivo del mismo. Así pues, al aplicar estas evi­dencias a la frase «el telos de la ley es Cristo», el resultado era claro: por co­herencia con el contenido semántico de esta expresión se imponía por sí sola la traducción: «Cristo es la culminación de la ley».
Restaba comprobar si en la literatura bíblica y extrabíblica, en Flavio Josefo o en Filón había alguna diferencia decisiva. Pero no hallé ninguna, con la salvedad de que la expresión telos con preposiciones aparece a veces en la Biblia con el sentido temporal de «hasta el fin». Sin embargo, aún en ese caso, la noción temporal no es predominante. Así, en Juan 13:1, leemos: «Antes de la fiesta de la Pascua, sabiendo Jesús que su hora había llegado para que pasara de este mundo al Padre, como había amado a los suyos que estaban en el mundo, los amó hasta el fin (telos)». Es evidente que la frase «los amó hasta el fin» no significa que los amó hasta que dejó de amarlos, sino que los amó hasta lo sumo, hasta el punto de tomar la tarea del más humilde siervo y lavarles los pies, es decir, manifestarles su amor en grado extremo. Una interpretación temporal sería inaceptable.
En 1 Timoteo 1:5, una estructura exactamente igual a la de Romanos 10:4, dice literalmente: «El propósito (telos) de este mandamiento es el amor», una frase que ninguna traducción entiende en el sentido de que «el amor anula el mandamiento». Todas las traducciones coinciden que «el propósito del mandamiento es el amor auténtico», o bien «esa orden tiene por objeto el amor mutuo». Asimismo, en 1 Pedro 1:9 leemos: «Porque están alcanzando la meta (telos) de su fe, que es la salvación». Ninguna de las versiones del texto traduce «la salvación anula la fe». Todas coinciden en que «el objetivo» o incluso «el resultado» de la fe es la salvación.
Después de este análisis nada más restaba responder a una pregunta. Si Pablo escribe para ser comprendido por lectores habituados a entender la palabra telos en los sentidos que acabamos de ver, si en otras frases con la mis­ma estructura, escritas por el mismo autor o por contemporáneos suyos, telos significa objetivo y propósito, ¿por qué en Romanos 10:4 habría que traducirla por «terminación» o «abrogación»?
Solo si el contexto de Romanos 10:4 obligase a traducir telos en sentido temporal —para decir que Cristo había abrogado la ley— habría que aceptar­lo, aunque fuese la única ocasión en que telos tuviese excepcionalmente ese significado. La cuestión que hemos de dilucidar es si Romanos 10:4 habla de la ley (nomos) en un sentido negativo o positivo, es decir, si la llegada de Cristo conlleva la anulación de la ley, o si por el contrario, representa su culminación.
El sentido de Romanos 10:4 en su contexto
Romanos 10:4 pertenece a una sección particularmente difícil de la Epís­tola. Todos los comentaristas están de acuerdo en que los capítulos 9-11 for­man una unidad temática independiente sobre el problema suscitado por el hecho de que la inmensa mayoría del pueblo de Israel rechazara a Jesús de Nazaret como Mesías. A quienes se preguntan cómo pueden cumplirse así las promesas hechas por Dios a su pueblo, y si acaso había fallado su palabra, este pasaje explica que las promesas divinas se cumplirían en el Israel espiri­tual, constituido por el «resto» de su pueblo formado en tomo al Mesías y los conversos procedentes de las naciones. La Escritura anuncia la venida del Mesías no como un accidente en la historia de la salvación, sino como la culminación de la revelación divina, un evento claramente anunciado.
En el contexto la palabra nomos aparece solo tres veces: La primera, en Romanos 9:4, incluye la promulgación de la ley entre los mayores privilegios concedidos a Israel, junto con la presencia divina, las alianzas, el culto, las promesas, los patriarcas y el Mesías. Luego, no hay duda de aquí la ley es vista como un valor altamente positivo. En la segunda mención (Romanos 9:30), Pablo explica, mediante varias metáforas deportivas, que ser dirigido por Dios para una misión «no depende del que quiere, ni del que corre, sino de Dios que tiene misericordia» (Romanos 9:16). La imagen «del que corre» explo­tada desde el versículo treinta en adelante, culmina en el término telos, que es la palabra técnica en griego para indicar la meta. A través de los dinámicos matices del lenguaje deportivo el texto señala que los gentiles, que corrían sin meta, al encontrarse con Cristo y aceptarlo llegaron a la meta sin proponérse­lo. Sin embargo, Israel, que corría desde siempre tras la ley, no llegó ni siquie­ra a esa meta. Vemos pues que en este texto la ley también está tratada posi­tivamente, puesto que designa el objetivo que Israel no alcanza. Pablo deplora, con otra metáfora deportiva, que sus compatriotas en su carrera utó­pica en pos de sus propias obras, descuidaron la fe, tropezando con un obs­táculo anunciado por los profetas (Romanos 9:30-33) y siguieron corriendo tras la ley sin darse cuenta de que estaban desviándose de su objetivo. Los viejos oráculos lo habían predicho: una piedra de tropiezo se iba a interponer en su cañera, pero «el que crea en él, no sería defraudado».
La tercera referencia a la ley es la que concierne a nuestro texto. Pablo se lamenta de que su pueblo «tiene celo por Dios» pero mal entendido (Romanos 10:1, 2), pues olvidándose de que es Dios quien justifica y tratando de obte­ner la justificación a su modo, no aceptaron el proyecto de Dios, ya que el objetivo de la ley era que el Mesías aportase la salvación para todo el que cree. En él culmina la revelación divina. Esta es mi comprensión de Roma­nos 10:4. Si la Tora presenta el gran proyecto de Dios para la humanidad, Jesús representa la realización de ese plan.
Para explicar que la salvación es un don de la gracia, Pablo parafrasea una importante declaración de Deuteronomio (Deuteronomio 30:12, 13) sobre el carácter gratuito de la salvación, que no se obtiene con esfuerzos humanos: «Dios no te pide lo imposible: ni que subas al cielo, ni que bajes al abismo. La palabra del Señor ya está en tu corazón, no tienes que hacer esfuerzos sobrehumanos para encontrarla. No necesitas conquistar los cielos para poder ser salvo, porque Cristo ya ha hecho todo por ti, ni necesitas bajar a los abismos para ganar méritos, pues Cristo también ha bajado ya a los abismos por ti. La salvación que se obtiene confiando en Cristo, está ya a nuestro alcance, y está tan cerca de nosotros como el corazón y la boca».
Así pues, el texto no se contradice. Pablo dice sencillamente que quien acepte la justicia que Dios ofrece, vivirá por ella. Esa justicia no necesita ser ganada mediante esfuerzos humanos porque el Mesías ya la ha puesto al al­cance de todos, por gracia. Los versículos 8 y 9 repiten la idea. Que la Palabra de Dios transforme el corazón (Jeremías 31:31-34), que este acepte integrarse en el proyecto divino, es la única manera de alcanzar una justicia que no sea pro­pia, sino de Dios. Lo que el hombre no podría conseguir jamás por sus pro­pios medios —cumplir perfectamente la ley y alcanzar así la vida eterna (10: 5)— Dios lo ha hecho posible. Precisamente las expresiones «subir al cielo» y «bajar al abismo» de Deuteronomio 30:12, 13 se utilizaban para describir lo imposible (ver Isaías 10:7). Sin embargo, tanto Moisés como Pablo afirman que amar a Dios y ser justo es posible (10:6-7; Deuteronomio 30:12, 13) si seguimos el plan divino (10:8-9, 13; Deuteronomio 30:14). Lo que la ley no podría nunca obtener de nosotros, lo consigue Cristo cuando su palabra es recibida por fe (10:17). El pasaje de Deuteronomio 30:12-14, leído en su contexto, enseña que el cumplimiento de la ley, con sus propuestas de amor (Deuteronomio 30:2, 6, 10, 16, 20), está al alcance del ser humano si este deja que Dios actúe en su corazón (Deuteronomio 30:6, 14). Transformados por la gracia divina, todos podemos finalmente realizar los designios divinos y vivir una vida plena.
Cabe concluir que difícilmente Pablo pretendería decir aquí que la Tora está abolida ya que funda todos sus argumentos en el Antiguo Testamento, con citas tomadas prácticamente en su orden canónico. Sería incoherente que Pablo afirmara en Romanos 10:4 que «la ley está anulada» y apoyase su argumentación sobre la autoridad irrefutable de la propia ley.
Así pues, hay suficientes elementos en el contexto para entender la decla­ración «el fin de la ley es Cristo» no con el significado de que este ha abrogado la ley, sino en el sentido general que tenía en su época, de que en Cristo cul­mina la revelación divina. Él es el que lleva a cabo el gran plan de Dios, de modo que, en otras palabras, «la culminación de la Tora es el Mesías».
Como escribe un destacado autor evangélico: «La Biblia no ofrece base válida para lo opinión de que la ley ha sido abolida. No hay ninguna indi­cación en el Nuevo Testamento en el sentido de que la ley hubiera perdido su validez, ni tampoco hallamos la más mínima sugerencia de que haya de ser repudiada. Por el contrario, el Nuevo Testamento enseña sin ambigüe­dades que los Diez Mandamientos constituyen todavía hoy una norma para todos los hombres».


La elección de Israel es la tesis que ha dado base al sionismo y, como reacciones, ciertas formas de antisemitismo y dispensacionalismo.

Véase el excelente estudio bíblico de F. X. Gelabert [todavía inédito], El permanente valor de la ley.

En 1 Corintios 15: 56 Pablo afirma que «el poder del pecado es la ley», hebraísmo que puede significar que solo sabemos hasta qué punto el pecado es peligroso porque la ley nos revela la gravedad de sus consecuencias.

Por eso Pablo recomienda, por ejemplo, «que no se ponga el sol sobre vuestro enojo» (Efesios 4:26). Muchos conocemos las catastróficas consecuencias de la ruptura de una relación por algo tan insignificante o ridículo que solo recordarlo incomoda. Porque esa nimiedad, incubada, provoca una terrible gangrena de odio. Pablo aconseja restablecer la relación con el otro antes de que caiga la noche, es decir sin dejar que el tiempo envenene las cosas y la relación se vuelva irrecuperable.

A esta función «condenatoria» de la ley, se le da en los medios teológicos el nombre de Usus elenchticus.

Los reformadores describen la relación que existe entre la Ley y el cristiano en los términos siguientes: «Está establecido que la ley de Dios fue dada a los hombres por tres razones: en primer lugar, para que sea preservada una cierta disciplina externa, de manera que los hombres perversos pudieran ser contenidos por ciertas barreras; en segundo lugar, por la ley los hombres son llevados al reconocimiento de sus pecados; y, en tercer lugar, para que los hombres regenerados, en los cuales todavía permanece la carne y su servidumbre, pudieran tener alguna regla segura por la cual pudieran y debieran ajusta su vida» (Fórmula de Concordia de 1576). Citado en José Grau en La Ley y el Evangelio, p. 91.

Cf. G. Siegwalt, La loi chemin du salut [La función de la ley en la salvación] (Ginebra: Labor et Fides, 1971.

Romanos 2:28-29; 7:6; 2 Corintios 3:5-7.

L. Alvarez Verdes, El imperativo cristiano en San Pablo (Valencia: Institución San Jerónimo, 1980), pp. 213-236.

Ver R. Badenas, Cristo, fin de la ley: Romanos 10.4 en la perspectiva paulina. Versión digital actualizada al castellano en 2007 disponible en Aula7activ@.

Conservamos unos cuarenta tratados de esa época denominados peri-teloús (es decir, acerca del telos. Cicerón, en su tratado De finibus, traduce telos por summum bonum, «bien supremo, objetivo último» (1:43; 3:26); Seneca, en De vita beata, define el telos de la vida, en términos de «buscar la virtud» (4.2), «seguir a Dios y obedecerle» (15:6,7). Cf. R. Badenas, El uso de syneidesis en los escritos de Pablo (Valencia: Facultad de Filología, 1979).

Tertuliano explica este finis legis como plenitudo y consumado legis (Contra Marción, 5:14, 12, 20). En Sobre la pudicidad, 4. 1 declara que «Cristo no disuelve la función de la ley, sino que la amplía». Ireneo dice que la venida de Cristo aporta a la ley «extensión y aumento, no abrogación» (Contra los herejes, 4.13.1), y que «solo los añadidos judíos a la ley han sido elimina­dos» (Ibíd. 4. 16). En la misma dirección se explican Clemente Alejandrino, (Stromata, 1. 5), Orígenes, Teodoro de Mopsuestia, Juan Crisóstomo, etc.

Enarrationes in Psalmos, 2.9; 12. III; 13:1,2; 38:14, etc. De las treinta y dos veces que Agustín cita Romanos 10:4, hay una sola en la que incluye en el concepto de telos la noción de terminado (Expresiones de Heptateuco, 7. 28. 699). Es la primera interpre­tación de este pasaje en sentido temporal.

Así Hipólito, en su comentario sobre Mateo 3:15 (Theop. 5), Orígenes, en su comentario sobre Romanos 10: 4 (Patrología griega 14.1160B), etc.

Estos niveles reciben el nombre de literal, alegórico, moral y profético. Ver H. de Lubac, Exégése médiévale: les quatre sens de l’écriture [Exégesis medieval: Los cuatros sentidos de las Escrituras] (París: Aubier-Montaigne), 1961. vol. I, pp. 110-169.

Ver, por ejemplo, la Magna gloratura (atribuida a Pedro Lombardo) en Romanos 10: 4 (Collectanea in Epistolam Pauli ad Ro­manos, PL 191-1473).

M. Lutero, Comentario sobre la epístola a los Romanos, en loc. cit. (WA 56, 99; 57:89).

Calvino, por ejemplo, explicará Romanos 10: 4 diciendo que «cada doctrina de la ley, cada mandamiento y cada promesa, apunta siempre a Cristo» (ad hunc scopus collimet. Commentam de l’épitre aux Romains, in loc. cit cf. Institutions. 1.6.2.

En la esfera de la teología se llama dispensacionalismo al enfoque teológico que divide la acción salvífica de Dios en dos dispensaciones: una, basada en la ley, destinada exclusivamente a los judíos, y otra, basada en la gracia, destinada al resto de la humanidad. Cf. A. Richardson (ed.) A Dictionary of Christian Theology (Filadelfia: Westminster, 1969), p 97.

Así Adolf von Hamack dirá que «la venida de Cristo revela la validez meramente temporal de la ley y la abrogación de la religión del Antiguo Testamento» (History of the Dogmas, London William & Nogate 1894, vol. I p. 87). «Si el lechazo del Antiguo Testamento en el siglo segundo (por Mamón) fue un error que la Iglesia mayoritaria rehusó cometer, si su retención en d siglo XVI se debió al peso de una herencia fatal que los reformadores no Rieron capaces de abandonar, su conservación como libro canónico en el pro­testantismo moderno es d resultado de la parálisis de la religión y de la Iglesia» (Kirliche Dogmatik, 1.2.82).

Ibíd., p. 40.

Estobeo de Macedonia, Ecloge. 2.54.

Homero, Ilíada, 14. 83.

«El propósito del deseo es la felicidad» (Plutarco, Ars amatorius, 750 E.)

Homero, Odisea, 10. 412.

Platón, Leges, 625 D. Cf. La carta de Aristeas, trata también de la finalidad y del propósito de las leyes de la Tora.

Plutarco, Moralia, 780 E.

Teleológico: «Relativo a las causas finales».

2 Corintios 1:13; 1 Tesalonicenses 2:15; Hebreos 3:14; 6:11; Apocalipsis 2:26, etc.

La Nueva Biblia Española, editada por Luis Alonso Schókel y Juan Mateos (Cristiandad, Madrid, 1975, 4ª reimpresión, Marzo 1990), p. 1678, traduce así Juan 13:1: «Era antes de Pascua. Sabía Jesús que había llegado para él la hora de pasar de este mundo al Padre; había amado a los suyos que vivían en el mundo y los amó hasta el extremo».

Ibíd., p. 1845.

Ibid., p. 1841.

En el lenguaje bíblico, la expresión «el resto« (en griego leimma), designa «lo que subsiste de un todo», y se refiere o bien a la comunidad de los salvos (resto escatológico, cf. Isaías 4:4; 10:22; Jeremías 23:3; Miqueas 5:6-8; Sofonías 3:12) o a la parte fiel del pueblo elegido (Romanos 11:3-5).

El verbo utilizado para «no alcanzar la ley» (out efthasen) es también un término deportivo que indica no llegar a la meta.

Isa 28:16. «Ser avergonzado» (kataisjúnomaí) también es una expresión deportiva que se refiere al abucheo que sufren quie­nes pierden en una competición.

Al no reconocer en Cristo al Mesías, perdieron de vista d objetivo último de la ley. Una paráfrasis del Nuevo Testamento (Miami: Logoi, 1973), traduce así: «Dios no nos salva de esa manera. Entendedlo bien: Cristo concede a quienes creen en él lo que estáis tratando lograr por esfuerzo propio» (p. 356).

André Chouraqui traduce Romanos 10:4: «la finalité de la tora c’est le Messie.; es decir «la finalidad de la revelación divina es el Mesías». La Biblia de la Fundación Bíblica Catalana (Barcelona; Alpha, 1968, p. 2075), traduce: «Porque la ley apunta a Cristo, para que todo el que crea pueda llegar a ser justo.» Y añade en nota: «El error de los judíos fue de perspectiva: no supieron ver la ampli­tud de los planes de Dios, y por eso no fueron capaces de comprender que la ley se encaminaba a Cristo» (traducción del autor).

Deuteronomio 30:15-20. La aplicación de este pasaje a la encamación y a la resurrección de Jesús (10: 6-7), se inspira probablemente en una tradición conservada por el Tárgum de Jerusalén II, según la cual Deuteronomio 30:12 se refería a Moisés y Deuteronomio 30:13 a Jonás, ambos personajes considerados como figuras precursoras y tipos del Mesías. Véase Biblia FBC., p. 2076, nota 6-8.

Génesis 21:12; 18:10-14; 23; Éxodo 33:19; 9:16; Levítico 18:5; Deuteronomio 9:4; 30:12-14; 32:21, etc., intercaladas por varias citas de los profetas.

«Sea cual fuere lo que la Ley enseñe, ordene o permita, siempre tiene a Cristo como fin y a Él, por tanto, deben referirse todas las partes de la Ley. [… ] La Ley totalmente mira hada Cristo y por esta razón el hombre jamás poseerá inteligencia si no sigue este camino» (J. Calvino, Epístola a los Romanos, [Michigan: Subcomisión Literatura Cristiana de la Iglesia Cristiana Reformada, 1988], p. 267).

Esta es la traducción propuesta por N. T. Wright The Climax of the Covenant, Christ and the Law m Pauline Theology (Mineápolis: Fortress, 1992), pp. 231-246.

Ernest F. Kevan, La Ley y el Evangelio (Barcelona: Ediciones Evangélica Europeas, 1973), p. 87

 

 

 

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